Días Inhábiles del Consejo de la Judicatura Federal
Mes | Día |
---|---|
Enero |
Miércoles 11,2,3 |
Febrero |
Lunes 33 y miércoles 5 (inhábil pero laborable)1,2 |
Marzo |
Lunes 173 y viernes 21 (inhábil pero laborable)1,2 |
Abril |
Miércoles 16, jueves 17 y viernes 185 |
Mayo |
Jueves 11,2,3, viernes 25 y lunes 51,2,3 |
Julio |
Miércoles 16 al jueves 31 |
Septiembre |
Martes 161,2,3 |
Noviembre |
Lunes 173 y jueves 20 (inhábil pero laborable)1,2 |
Diciembre |
Martes 16 al miércoles 31 |
Enero (2026) |
Jueves 11,2,3 |
Artículo 19. Son días hábiles para la promoción, substanciación y resolución de los juicios de amparo todos los del año, con excepción de los sábados y domingos, uno de enero, cinco de febrero, veintiuno de marzo, uno y cinco de mayo, catorce y dieciséis de septiembre, doce de octubre, veinte de noviembre y veinticinco de diciembre, así como aquellos en que se suspendan las labores en el órgano jurisdiccional ante el cual se tramite el juicio de amparo, o cuando no pueda funcionar por causa de fuerza mayor.
2 Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación
Artículo 229. En los órganos del Poder Judicial de la Federación, se considerarán como días inhábiles los sábados y domingos, el 1o. de enero, 5 de febrero, 21 de marzo, 1o. de mayo, 14 y 16 de septiembre y 20 de noviembre, durante los cuales no se practicarán actuaciones judiciales, salvo en los casos expresamente consignados en la ley.
3 Ley Federal del Trabajo
Artículo 74. Son días de descanso obligatorio:
-
I. El 1o. de enero;
-
II. El primer lunes de febrero en conmemoración del 5 de febrero;
-
III. El tercer lunes de marzo en conmemoración del 21 de marzo;
-
IV. El 1o. de mayo;
-
V. El 16 de septiembre;
-
VI. El tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre;
-
VII. El 1o. de diciembre de cada seis años, cuando corresponda a la transmisión del Poder Ejecutivo Federal;
-
VIII. El 25 de diciembre, y
-
IX. El que determinen las leyes federales y locales electorales, en el caso de elecciones ordinarias, para efectuar la jornada electoral.
4 Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación
Artículo 225. Las y los servidores públicos y personas empleadas de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, del Tribunal de Disciplina Judicial y del Órgano de Administración Judicial, disfrutarán de dos periodos vacacionales al año entre los periodos de sesiones a que se refieren los artículos 3 y 76 de esta Ley.
Artículo 76. El Órgano de Administración Judicial tendrá cada año dos períodos de sesiones. El primero comenzará el primer día hábil del mes de enero y terminará el último día hábil de la primera quincena del mes de julio, y el segundo comenzará el primer día hábil del mes de agosto y terminará el último día hábil de la primera quincena del mes de diciembre.
5 CIRCULAR 1/2025 de 29 de enero de 2025, emitida por el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal.
Mes | Día |
---|---|
Enero |
Lunes 11,2,3 |
Febrero |
Lunes 51,2,3 |
Marzo |
Lunes 183 y jueves 21 (inhábil pero laborable)1,2
|
Mayo |
Miércoles 11,2,3 |
Julio |
Martes 16 al miércoles 31 (periodo vacacional de conformidad con el Artículo 75 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación)4 |
Septiembre |
Lunes 161,2,3 |
Octubre |
Martes 15 |
Noviembre |
Viernes 15, Lunes 183 y miércoles 20 (inhábil pero laborable)1,2 |
Diciembre |
Lunes 16 al martes 31 (periodo vacacional de conformidad con el Artículo 75 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación)4 |
Enero (2025) |
Miércoles 11,2,3 |
Artículo 19. Son días hábiles para la promoción, substanciación y resolución de los juicios de amparo todos los del año, con excepción de los sábados y domingos, uno de enero, cinco de febrero, veintiuno de marzo, uno y cinco de mayo, catorce y dieciséis de septiembre, doce de octubre, veinte de noviembre y veinticinco de diciembre, así como aquellos en que se suspendan las labores en el órgano jurisdiccional ante el cual se tramite el juicio de amparo, o cuando no pueda funcionar por causa de fuerza mayor.
2 Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación
Artículo 143. En los órganos del Poder Judicial de la Federación, se considerarán como días inhábiles los sábados y domingos, el 1o. de enero, 5 de febrero, 21 de marzo, 1o. de mayo, 14 y 16 de septiembre y 20 de noviembre, durante los cuales no se practicarán actuaciones judiciales, salvo en los casos expresamente consignados en la Ley.
3 Ley Federal del Trabajo
Artículo 74. Son días de descanso obligatorio:
-
I. El 1o. de enero;
-
II. El primer lunes de febrero en conmemoración del 5 de febrero;
-
III. El tercer lunes de marzo en conmemoración del 21 de marzo;
-
IV. El 1o. de mayo;
-
V. El 16 de septiembre;
-
VI. El tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre;
-
VII. El 1o. de diciembre de cada seis años, cuando corresponda a la transmisión del Poder Ejecutivo Federal;
-
VIII. El 25 de diciembre, y
-
IX. El que determinen las leyes federales y locales electorales, en el caso de elecciones ordinarias, para efectuar la jornada electoral
4 Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación
Artículo 139. Las y los servidores públicos y personas empleadas de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y del Consejo de la Judicatura Federal, disfrutarán de dos períodos de vacaciones al año entre los períodos de sesiones a que se refieren los artículos 3 y 75 de esta Ley.
Artículo 75. El Consejo de la Judicatura Federal tendrá cada año dos períodos de sesiones. El primero comenzará el primer día hábil del mes de enero y terminará el último día hábil de la primera quincena del mes de julio, y el segundo comenzará el primer día hábil del mes de agosto y terminará el último día hábil de la primera quincena del mes de diciembre.
5 CIRCULAR 7/2024 de 21 de febrero de 2024, emitida por el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal.
Mes | Día |
---|---|
Enero |
Domingo 11,2,3 |
Febrero |
Lunes 63 |
Marzo |
Lunes 203 y Martes 21 (inhábil pero laborable)1,2 |
Abril |
Miércoles 5, Jueves 6 y Viernes 75 |
Mayo |
Lunes 11,2,3 y Viernes 51 |
Julio |
Domingo 16 al Lunes 31 (periodo vacacional de conformidad con el Artículo 75 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación) |
Septiembre |
Jueves 141,2, Viernes 155 y Sábado 161,2,3 |
Octubre |
Jueves 121 |
Noviembre |
Miércoles 1, Jueves 2, Viernes 35 y Lunes 201,2,3 |
Diciembre |
Sábado 16 al Domingo 31 (periodo vacacional de conformidad con el Artículo 75 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación) |
Enero (2024) |
Lunes 11,2,3 |
Artículo 19. Son días hábiles para la promoción, substanciación y resolución de los juicios de amparo todos los del año, con excepción de los sábados y domingos, uno de enero, cinco de febrero, veintiuno de marzo, uno y cinco de mayo, catorce y dieciséis de septiembre, doce de octubre, veinte de noviembre y veinticinco de diciembre, así como aquellos en que se suspendan las labores en el órgano jurisdiccional ante el cual se tramite el juicio de amparo, o cuando no pueda funcionar por causa de fuerza mayor.
2 Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación
Artículo 143. En los órganos del Poder Judicial de la Federación, se considerarán como días inhábiles los sábados y domingos, el 1o. de enero, 5 de febrero, 21 de marzo, 1o. de mayo, 14 y 16 de septiembre y 20 de noviembre, durante los cuales no se practicarán actuaciones judiciales, salvo en los casos expresamente consignados en la Ley.
3 Ley Federal del Trabajo
Artículo 74. Son días de descanso obligatorio:
-
I. El 1o. de enero;
-
II. El primer lunes de febrero en conmemoración del 5 de febrero;
-
III. El tercer lunes de marzo en conmemoración del 21 de marzo;
-
IV. El 1o. de mayo;
-
V. El 16 de septiembre;
-
VI. El tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre;
-
VII. El 1o. de diciembre de cada seis años, cuando corresponda a la transmisión del Poder Ejecutivo Federal;
-
VIII. El 25 de diciembre, y
El que determinen las leyes federales y locales electorales, en el caso de elecciones ordinarias, para efectuar la jornada electoral.
4 Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación
Artículo 139. Las y los servidores públicos y personas empleadas de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y del Consejo de la Judicatura Federal, disfrutarán de dos períodos de vacaciones al año entre los períodos de sesiones a que se refieren los artículos 3 y 75 de esta Ley.
Artículo 75. El Consejo de la Judicatura Federal tendrá cada año dos períodos de sesiones. El primero comenzará el primer día hábil del mes de enero y terminará el último día hábil de la primera quincena del mes de julio, y el segundo comenzará el primer día hábil del mes de agosto y terminará el último día hábil de la primera quincena del mes de diciembre.
5 CIRCULAR 12/2023 de 08 de marzo de 2023, emitida por el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal.
Mes | Día |
---|---|
Enero |
Sábado 11,2,3 |
Febrero |
Lunes 73 |
Marzo |
Lunes 211,2,3 |
Abril |
Miércoles 13, jueves 14 y viernes 155 |
Mayo |
Jueves 51 y viernes 65 |
Julio |
Sábado 16 al domingo 31 (periodo vacacional de conformidad con el Artículo 139 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación)4 |
Septiembre |
Miércoles 141,2, jueves 155 y viernes 161,2 |
Octubre |
Miércoles 121 y lunes 315 |
Noviembre |
Martes 1, miércoles 25 y lunes 213 |
Diciembre |
Viernes 16 al sábado 31 (periodo vacacional de conformidad con el Artículo 139 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación)4 |
Artículo 19. Son días hábiles para la promoción, substanciación y resolución de los juicios de amparo todos los del año, con excepción de los sábados y domingos, uno de enero, cinco de febrero, veintiuno de marzo, uno y cinco de mayo, catorce y dieciséis de septiembre, doce de octubre, veinte de noviembre y veinticinco de diciembre, así como aquellos en que se suspendan las labores en el órgano jurisdiccional ante el cual se tramite el juicio de amparo, o cuando no pueda funcionar por causa de fuerza mayor.
2 Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación
Artículo 143. En los órganos del Poder Judicial de la Federación, se considerarán como días inhábiles los sábados y domingos, el 1o. de enero, 5 de febrero, 21 de marzo, 1o. de mayo, 14 y 16 de septiembre y 20 de noviembre, durante los cuales no se practicarán actuaciones judiciales, salvo en los casos expresamente consignados en la Ley.
3 Ley Federal del Trabajo
Artículo 74. Son días de descanso obligatorio:
-
I. El 1o. de enero;
-
II. El primer lunes de febrero en conmemoración del 5 de febrero;
-
III. El tercer lunes de marzo en conmemoración del 21 de marzo;
-
IV. El 1o. de mayo;
-
V. El 16 de septiembre;
-
VI. El tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre;
-
VII. El 1o. de diciembre de cada seis años, cuando corresponda a la transmisión del Poder Ejecutivo Federal;
-
VIII. El 25 de diciembre, y
El que determinen las leyes federales y locales electorales, en el caso de elecciones ordinarias, para efectuar la jornada electoral.
4 Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación
Artículo 139. Las y los servidores públicos y personas empleadas de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y del Consejo de la Judicatura Federal, disfrutarán de dos períodos de vacaciones al año entre los períodos de sesiones a que se refieren los artículos 3 y 75 de esta Ley.
Artículo 75. El Consejo de la Judicatura Federal tendrá cada año dos períodos de sesiones. El primero comenzará el primer día hábil del mes de enero y terminará el último día hábil de la primera quincena del mes de julio, y el segundo comenzará el primer día hábil del mes de agosto y terminará el último día hábil de la primera quincena del mes de diciembre.
5 CIRCULAR 5/2022 de 30 de marzo de 2022, emitida por el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal.
Mes | Día |
---|---|
Enero |
Viernes 1 |
Febrero |
Lunes 1 y Viernes 5 (día inhábil pero laborable) |
Marzo |
Lunes 15 y Miércoles 31 (con motivo de la “Semana Santa”)1 |
Abril |
Jueves 1 y Viernes 2 (con motivo de la “Semana Santa”)1 |
Mayo |
Miércoles 5 |
Julio |
Viernes 16 al Sábado 31 (periodo vacacional de conformidad con el Artículo 70 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación) |
Septiembre |
Martes 14, Miércoles 152 y Jueves 16 |
Octubre |
Martes 12 |
Noviembre |
Lunes 12, Martes 22 y Lunes 15 |
Diciembre |
Jueves 16 al Viernes 31 (periodo vacacional de conformidad con el Artículo 70 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación) |
2 Circular 9/2021
Mes | Día |
---|---|
Febrero |
Lunes 3 y miércoles 5 (día inhábil pero laborable) |
Marzo |
Lunes 9 (día inhábil pero laborable)1 y Lunes 16 |
Abril |
Miércoles 8, Jueves 9 y Viernes 10 (con motivo de la “Semana Santa”)2 |
Mayo |
Viernes 1, lunes 43 y martes 5 |
Julio |
Jueves 16 al viernes 31 (periodo vacacional, de conformidad con el Artículo 70 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación) |
Septiembre |
Lunes 14, martes 154 y miércoles 16 |
Octubre |
Lunes 12 |
Noviembre |
Lunes 25, Lunes 16 y viernes 20 (día inhábil pero laborable) |
Diciembre |
Miércoles 16 al jueves 31 (periodo vacacional, de conformidad con el Artículo 70 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación) |
Enero (2021) |
Viernes 1 |
2 Circular 5/2020
3 Circular 6/2020
4 Circular 13/2020
5 Circular 17/2020
Mes | Día |
---|---|
Febrero |
Lunes 4 y martes 5 (día inhábil pero laborable) |
Marzo |
Lunes 18 y jueves 21 (día inhábil pero laborable) |
Abril |
Miércoles 17, Jueves 18 y Viernes 19 (con motivo de la “Semana Santa”)1 |
Mayo |
Miércoles 1 |
Julio |
Martes 16 al miércoles 31 (Periodo vacacional, de conformidad con el Artículo 70 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación) |
Septiembre |
Lunes 16 |
Noviembre |
Viernes 1 (de conformidad con lo dispuesto por el artículo 19 de la Ley de Amparo) 2
|
Diciembre |
Lunes 16 al martes 31 (periodo vacacional, de conformidad con el Artículo 70 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación) |
Enero (2020) |
Miércoles 1 |
Cabe señalar que el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, en términos de la fracción II, del artículo 81 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, tiene atribuciones para expedir acuerdos en los que se declaren días inhábiles, ya sea por necesidad, fuerza mayor o caso fortuito, lo que en caso de acontecer, será informado a la brevedad posible.
1 Circular 25/20192 Circular 43/2019
Mes | Día |
---|---|
Febrero |
Lunes 5 |
Marzo |
Lunes 19 y miércoles 21 (día inhábil pero laborable)
|
Mayo |
Martes 1 |
Julio |
Lunes 16 al martes 31 (periodo vacacional, de conformidad con el Artículo 70 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación) |
Septiembre |
Viernes 14 |
Octubre |
Viernes 12 |
Noviembre |
Jueves 1 y viernes 2 (de conformidad con lo dispuesto por el artículo 19 de la Ley de Amparo) 2
|
Diciembre |
Domingo 16 al lunes 31 (periodo vacacional, de conformidad con el Artículo 70 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación) |
Enero (2019) |
Martes 1 |
Cabe señalar que el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, en términos del artículo 81, fracción II, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, tiene atribuciones para expedir acuerdos en los que se declaren días inhábiles.
1 Circular 07/20182 Circular 31/2018
Mes | Día |
---|---|
Febrero |
Lunes 6 |
Marzo |
Lunes 20 y martes 21 (día inhábil pero laborable) |
Abril |
Miércoles 12, Jueves 13 y Viernes 141 |
Mayo |
Lunes 1 y Viernes 5 |
Julio |
Domingo 16 al Lunes 31 (Periodo vacacional de conformidad con el Artículo 70 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación) |
Septiembre |
Jueves 14 y Viernes 152 Martes 19, Miércoles 20, Jueves 21, Viernes 22, Lunes 25 (Con motivo del sismo que tuvo lugar el pasado diecinueve de septiembre del año en curso)3 |
Octubre |
Jueves 12
|
Noviembre |
Miércoles 1, Jueves 2 y Viernes 35
|
Diciembre |
Sábado 16 al Domingo 31 (periodo vacacional de conformidad con el Artículo 70 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación) |
Enero (2018) |
Lunes 1 |
Cabe señalar que el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, en términos de la fracción II, del artículo 81 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, tiene atribuciones para expedir acuerdos en los que se declaren días inhábiles, ya sea por necesidad, fuerza mayor o caso fortuito, lo que en caso de acontecer, será informado a la brevedad posible.
1 Circular 10/20172 Circular 19/2017
3 Comunicado 19 de septiembre de 2017, y Comunicados No. 27 y 28
4 Circular 25/2017
5 Circular 34/2017