Resultados de la Consulta
COMITÉ DE TRANSPARENCIA.
     
 
 
Criterios Emitidos por el Comité para el año:  2017
 
 1 ) Criterio: 1 / 2017

Fecha de Resolución: 

 16/03/2017
 
Rubro: 

LIBERTAD DE EXPRESIÓN Y DERECHO HUMANO A LA INFORMACIÓN PUEDEN PREVALECER SOBRE EL DERECHO HUMANO A LA PROTECCIÓN DE DATOS.

 
Texto: 

Cuando estos derechos humanos divergen o entran en conflicto, la instancia responsable deberá realizar un examen respecto de la protección de datos personales en el ejercicio de la libertad de expresión y del derecho a la información, en el que se razone el cumplimiento de los requisitos previstos en la Tesis 2a. LXXXVII/2016 (10a), pronunciada por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, los cuales son: 1) La información debe ser de relevancia pública o de interés general; 2) La información debe ser veraz; y 3) La información debe ser objetiva e imparcial. En ese sentido, se requiere que la información difundida carezca de toda intervención de juicios o valoraciones subjetivas que puedan considerarse propias de la libertad de expresión y que, por tanto, no tengan por fin informar a la sociedad, sino establecer una postura, opinión o crítica respecto a una persona, grupo o situación determinada.

 
Precedente 1:

 ASUNTO:  1/2017.  SOLICITANTE:FECHA: 16/03/2017. 

 

Clasificación de Información 82/2017.- 16 de marzo de 2017.- Unanimidad de votos. Integrantes del Comité de Transparencia, Gonzalo Moctezuma Barragán, Secretario Ejecutivo del Pleno, como Presidente, Marino Castillo Vallejo, Contralor del Poder Judicial de la Federación; y Miguel Francisco González Canudas, Director General de Asuntos Jurídicos, como integrantes. Secretario Técnico: Sergio Díaz Infante Méndez.