Organizaciones Sindicales
¿Los trabajadores y patrones tienen derecho a constituir organizaciones?
Sí, los trabajadores y los patrones, sin ninguna distinción y sin autorización previa, tienen el derecho de constituir las organizaciones que estimen convenientes, así como el de afiliarse a éstas, con la sola condición de observar los estatutos de las mismas.
¿Qué restricciones existen en relación con las garantías y derechos de las organizaciones sindicales de trabajadores y patrones, así como de sus federaciones y confederaciones?
Redactar sus estatutos y reglamentos administrativos
Elegir libremente sus representantes
Organizar su administración y sus actividades
Formular su programa de acción
Constituir las organizaciones que estimen convenientes
No estarán sujetos a disolución, suspensión o cancelación por vía administrativa
¿Cuáles son los derechos de libre afiliación y de participación de los miembros de los sindicatos, federaciones y confederaciones?
Nadie puede ser obligado a formar o no parte de un sindicato, federación o confederación.
Los procedimientos de elección de sus directivas deberán salvaguardar el pleno ejercicio del voto personal, libre, directo y secreto de los miembros, así como sujetarse a reglas democráticas y de igualdad de género.
Las sanciones que impongan los sindicatos, federaciones y confederaciones deberán cumplir con los derechos de audiencia y debido proceso.
La directiva de los sindicatos, federaciones y confederaciones deberá rendirles cuenta completa y detallada de la administración de su patrimonio.
¿Existe libertad para los sindicatos a redactar sus estatutos?
Sí, los sindicatos tienen derecho a redactar sus estatutos y reglamentos, elegir libremente a sus representantes, organizar su administración y sus actividades y formular su programa de acción.
¿Cuáles son los principios de los sindicatos, federaciones y confederaciones?
En el registro de los sindicatos, federaciones y confederaciones, así como en la actualización de las directivas sindicales, se deberán observar los principios de autonomía, equidad, democracia, legalidad, transparencia, certeza gratuidad, inmediatez, imparcialidad y respeto a la libertad sindical y sus garantías.
¿Qué implicaciones tiene el voto personal, libre y secreto de los trabajadores?
El apoyo de los trabajadores mediante el voto personal, libre y secreto constituye una garantía para la protección de la libertad de negociación colectiva y sus legítimos intereses.
¿Es factible que los sindicatos de trabajadores o patrones soliciten a los tribunales la modificación de las condiciones de trabajo?
Sí, los sindicatos de trabajadores o los patrones podrán solicitar de los tribunales la modificación de las condiciones de trabajo, cuando existan circunstancias económicas que la justifiquen o cuando el aumento del costo de la vida origine un desequilibrio entre el capital y el trabajo.
¿Qué es la huelga?
Huelga es la suspensión temporal del trabajo llevada a cabo por una coalición de trabajadores.
¿Qué derechos tienen los trabajadores que sufran un riesgo de trabajo?
Asistencia médica y quirúrgica
Rehabilitación
Hospitalización, cuando el caso lo requiera
Medicamentos y material de curación
Los aparatos de prótesis y ortopedia necesarios
La indemnización
¿La debida defensa y representación es un derecho?
Sí, las partes tendrán derecho a que se garantice su debida defensa y representación. Los trabajadores o sus beneficiarios tendrán derecho a que les sea asignado un abogado de la Procuraduría de la Defensa del Trabajo competente o de la Defensoría Pública que asuma su representación jurídica.
¿Existe un derecho a la conciliación?
Antes de acudir a los Tribunales, los trabajadores y patrones deberán asistir al Centro de Conciliación correspondiente para solicitar el inicio del procedimiento de conciliación, con excepción de aquellos supuestos que están eximidos de agotarla, conforme a lo previsto en esta Ley.