Portal de Consulta de Transparencia
Obligaciones de transparencia
Detalle
Ejercicio:
2022
Fecha de inicio del periodo que se informa:
01/04/2022
Fecha de término del periodo que se informa:
30/06/2022
Número del Fideicomiso o Fondo público:
3210
Denominación del Fideicomiso o Fondo público:
Fondo para la administración de los recursos provenientes de sentencias que deriven de las Acciones Colectivas Difusas, a que se refiere el artículo 624 del Código Federal de Procedimientos Civiles.
Especificar si cuenta con estructura (catálogo):
No
Coordinadora de sector de la administración pública:
Poder Judicial de la Federación
Denominación del área responsable del fideicomiso:
Comité Técnico del Fondo para la Administración de los Recursos Provenientes de Sentencias que deriven de las Acciones Colectivas Difusas.
Comité Técnico o Director Ejecutivo Tabla_336086:
Arturo
Zaldívar
Lelo de Larrea
Alejandro Sergio
González
Bernabé
Sergio Javier
Molina
Martínez
Eva Verónica
de Gyvés
Zárate
Bernardo
Bátiz
Vázquez
Hipervínculo al contrato o documento equivalente:
https://www.cjf.gob.mx/transparencia/resources/hrt/a77/fvii/2018/c7/Decreto_creacion_FARSACD_2018_3trim.pdf
Área(s) responsable(s) que genera(n), posee(n), publica(n) y actualizan la información:
Secretaría Técnica del Fondo para la administración de los recursos provenientes de sentencias que deriven de las Acciones Colectivas Difusas
Fecha de validación:
2022-07-30
Fecha de actualización:
30/06/2022
Nota:
Relativo al Comité Técnico o Director Ejecutivo. Se modificó la integración del Comité en virtud de la conclusión del encargo de los Consejeros Dra. Loretta Orriz Ahlf a partir del 12 de diciembre de 2021 y Magdo. Jorge Antonio Cruz Ramos a partir del 30 de noviembre de 2021. El Fondo para la Administración de los recursos provenientes de sentencias que deriven de las Acciones Colectivas Difusas, a que se refiere el artículo 624 del Código Federal de Procedimientos Civiles, desde su creación, no ha percibido recursos de ninguna naturaleza, en cumplimiento a sentencias que derivan de acciones colectivas difusas, por lo cual no se ha erogado cantidad alguna apoyando alguno de los objetivos por los que fue creado. El referido Fondo, no es un fideicomiso.. El Fondo para la administración de los recursos provenientes de sentencias que deriven de las Acciones Colectivas Difusas, a que se refiere el artículo 624 del Código Federal de Procedimientos Civiles, no es un fideicomiso. La responsable es la Secretaría Técnica del Fondo de Apoyo a la Administración de Justicia. En fecha 30 de agosto de 2011, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Decreto por el que se reforman y adicionan el Código Federal de Procedimientos Civiles, el Código Civil Federal, la Ley Federal de Competencia Económica, la Ley Federal de Protección al Consumidor, la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente y la Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros, mismo que prevé en su artículo Primero entre otras adiciones la de un nuevo Libro Quinto, denominado "De las acciones colectivas" integrado por los nuevos artículos 578 a 626 del Código Federal de Procedimientos Civiles. El artículo 624 del Código Federal de Procedimientos Civiles, establece la obligación para el Consejo de la Judicatura Federal, de crear un Fondo con los recursos provenientes de las sentencias que deriven de las acciones colectivas difusas, el cual administrará. En consecuencia el 4 de mayo de 2016, el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal aprobó la creación de dicho Fondo de apoyo para las asociaciones civiles registradas ante el Consejo de la Judicatura Federal que actúan en acciones colectivas difusas y establece su operación, así como la organización y funcionamiento del Comité Técnico que lo administrará.
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