México, D.F., 03 de junio de 2011
Señor Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, maestro
Felipe Calderón Hinojosa; señor Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara
de Senadores, licenciado Manlio Fabio Beltrones Rivera.
Las ocasiones que presentan una oportunidad para hablar acerca de un acontecimiento
que cambia la historia del Poder Judicial de la Federación han sido
escasas. Ésta es una de ellas.
Debemos resaltarlo: el acto que da origen a esta Ceremonia representa el
inicio de un cambio de gran envergadura; un acontecimiento que modicará
trascendentemente la cara del Poder Judicial de la Federación.
Celebramos la Reforma Constitucional porque implica que el juicio de garantías,
institución ligada también a los mejores momentos de nuestra historia,
se actualiza para contribuir a la construcción de un mejor futuro para todos.
El alcance de la Reforma Constitucional en esta materia, no puede leerse separada
de otra gran Reforma Constitucional que ha sido aprobada recientemente
por el Constituyente Permanente.
En efecto, junto con la Reforma Constitucional en Materia de Derechos Humanos,
la que contiene el nuevo marco jurídico del juicio de Amparo representa
un cambio sin precedentes para el sistema jurídico mexicano en general y, en
particular, para el sistema jurisdiccional Federal.
La aplicación de las dos reformas constitucionales iniciarán una transformación
sin precedente para la Judicatura Federal. Los informes que ahora se
rindan ya no serán iguales. Se deberá informar cómo se han protegido los
derechos en las sentencias, no sólo cuántas, ni en qué sentido han sido nuestras
resoluciones.
Es, precisamente, por esa anidad que, desde un punto de vista temporal, la
Reforma también encuentra resonancias afortunadas con recomendaciones
que hemos recibido, con frecuencia, a veces, desde la comunidad de las
naciones.
Recientemente, la Relatora Especial para la Independencia y Autonomía de
los Jueces de la Organización de las Naciones Unidas realizó una serie de
observaciones dirigidas a fortalecer a la Judicatura mexicana.
La Reforma Constitucional en Materia de Amparo, alineada con muchas de
esas recomendaciones, redundará en una mayor legitimidad social del trabajo
de Judicatura Federal y, con ello, en una mayor independencia y libertad en
su desempeño.
Se quiere que la institución de Amparo vuelva a su origen: la prestación de un
servicio público de importancia capital para el buen funcionamiento de la
República democrática, para evitar los abusos del poder, para garantizar nuestro
régimen de libertades.
Desde el Poder Judicial de la Federación, nos hacemos cargo de que la Reforma
reconoce el trabajo honesto, profesional, objetivo, independiente e
imparcial, que día con día se realiza por los jueces, magistrados y ministros.
La Reforma, sí, nos otorga nuevas herramientas, nuevas armas para atender
los reclamos de justicia de la sociedad, en el marco de la Constitución y las
leyes.
El texto constitucional pone en las manos, probadas, de la Judicatura Federal,
los nuevos procedimientos. A esa conanza del poder revisor de la Constitución,
en el Poder Judicial de la Federación responderemos.
Los titulares de nuestro Poder Judicial debemos estar preparados para estar a
la altura de las nuevas reglas constitucionales que nos exigen una nueva
forma de ser, una nueva forma de actuar. Y esa renovación sólo podrá sostenerse
en un compromiso democrático, permanente, que exprese una sensibilidad,
también, reforzada.
Habremos de privilegiar la actualización y la capacitación. La sociedad no
espera menos de nosotros.
Precisamente, la legitimidad social de la función judicial es el objetivo fundamental
de la Reforma, pues entre otras cosas busca, ampliar el espectro protector
de los derechos humanos. De hecho, la múltiple lista de bondades contenidas
en el texto reformado debe leerse como apuntando a esa meta.
El juicio de Amparo será más ágil y más accesible para los individuos. Por eso,
reconoce el interés legítimo, como detonante de la actividad jurisdiccional. El
nuevo texto constitucional ordena que el acceso a la justicia federal sea más
amplio, más abierto, no restringido, no exclusivo, no excluyente.
Una de las críticas sociales más añejas a la institución tradicional del Amparo,
es atendida. Ahora, la Suprema Corte de Justicia de la Nación podrá declarar
la inconstitucionalidad de normas generales.
Con este mecanismo, los benecios de la impartición de justicia y de la protección
constitucional alcanzarán a toda la sociedad, y no sólo a aquellos que
cuentan con más recursos para defenderse.
En resumen, la Reforma Constitucional en Materia de Amparo representa la
construcción de un nuevo paradigma para la actividad jurisdiccional Federal.
La Judicatura existe para defender, antes que otra cosa, los derechos humanos
de las personas.
Los jueces Federales tendremos que hacer valer los derechos humanos contenidos
en los tratados internacionales, que nos protegen a todos. Al hacerlo,
conrmaremos nuestra pertenencia como miembros de la comunidad internacional,
respetuosa de ese ideal.
Señoras y señores:
La reforma es un ejemplo del cambio nacional que los mexicanos debemos
promover en forma incesante: un cambio para mejorar lo que hay que mejorar,
atendiendo a las necesidades y exigencias de la sociedad. Un cambio que
aumenta las cargas, las responsabilidades y deberes para las autoridades, no
para los individuos. Para ellos, la mejor y efectiva protección a sus derechos.
Ésta es la base del Estado democrático y libre que estamos empeñados en
consolidar. Nuestro nuevo régimen constitucional en Amparo, así lo recuerda.
Su aplicación por parte de todos los titulares del Poder Judicial de la Federación,
sólo tendrá ese objetivo. De eso estamos seguros.. Muchas gracias. |